El tribunal electoral tiene sobre la mesa un expediente que podría frenar la campaña presidencial de Abelardo de la Espriella. Ese proceso será votado el jueves 21 de mayo. También se evalúa el futuro de la brasileña Atlas Intel en Colombia.

El Consejo Nacional Electoral avanzó en expedientes clave que reposan en los escritorios de varios magistrados y que podrían alterar el curso de los comicios presidenciales de primera vuelta previstos para el próximo 31 de mayo. El pleno del tribunal electoral avanzó en procesos como el futuro de la encuestadora Atlas Intel o la revocatoria de candidatura de Abelardo de la Espriella.

Sobre el primero, el CNE acumuló cuatro procesos administrativos que se le siguen a esta firma, por igual número de demandas en torno a una supuesta manipulación de los resultados de sus encuestas y porque, además, la firma presuntamente estaría incumpliendo la normatividad vigente.

De hecho, desde este órgano se emitió una medida cautelar esta semana para prohibirle a la empresa divulgar cualquier tipo de medición en medio de comunicación, como lo hizo en la actual campaña con la Revista Semana, hasta tanto no se resuelvan de fondo los expedientes administrativos que están abiertos.

Este miércoles, la sala plena decidió que será una comisión conformada por Álvaro Prada (Centro Democrático), Maritza Martínez (La U), Altus Baquero (Partido Liberal) y Fabiola Márquez (Pacto Histórico) la que evaluará todos los procesos para unificarlos y rendir, a partir de ahí, un informe al pleno del órgano electoral.

El tema no se resolverá antes de la primera vuelta del 31 de mayo, por lo que hay expectativa sobre la decisión final y si antes del segundo balotaje (21 de junio) se verán de nuevo o no encuestas de Atlas. Entre tanto, las medidas cautelares contra la brasileña Atlas Intel quedarán suspendidas mientras se solventa el recurso de reposición que también será estudiado por esa misma Comisión.

De forma paralela ese órgano se prepara para emitir fallo sobre un expediente en el que se pide la revocatoria de la candidatura de Abelardo de la Espriella. Según el demandante, la campaña habría radicado de mala fe documentos falsos y firmas de apoyos que no corresponden al puño y letra de los ciudadanos registrados en los formularios, señalando que estas conductas podrían encuadrar en delitos como falsedad en documentos públicos, fraude procesal y concierto para delinquir.

Ahora bien, en un documento al que tuvo acceso El Espectador se detalla la que sería la decisión final del CNE. En este se habría optado por negar la nulidad de la elección, por lo que De la Espriella podría seguir en campaña. Según dispone ese documento, el CNE se dispone a: “NEGAR la solicitud de revocatoria de inscripción de candidatura del ciudadano ABELARDO GABRIEL DE LA ESPRIELLA OTERO, identificado con la cédula de ciudadanía 11.004.242 inscrito a la Presidencia de la República de Colombia por el Grupo Significativo de Ciudadanos “DEFENSORES DE LA PATRIA”, para las elecciones que se celebrarán el 31 de mayo de 2026, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente decisión». Esa decisión sería comunicada el jueves 21 de mayo.

Finalmente, otro punto que tocó el CNE en esta jornada de miércoles fue el relacionado con una recusación que desde la campaña de De la Espriella habrían emitido contra el magistrado Álvaro Hernán Prada por el caso de Atlas Intel. Según el abogado Germán Calderón España, Prada estaría incurriendo en conflicto de intereses al ser delegado del Centro Democrático en ese tribunal.

Al respecto, el magistrado dijo que decretó “el traslado a AtlasIntel del informe remitido por la Comisión de Encuestas, con el fin de garantizar su derecho de defensa y contradicción frente a los hallazgos metodológicos puestos en conocimiento de mi Despacho”.

Asimismo el magistrado señaló que “este Auto no adopta decisiones de fondo, no decreta medidas cautelares ni dispone la apertura de investigación o la formulación de cargos. Además, corresponde a una actuación distinta e independiente del Auto expedido por la magistrada Fabiola Márquez, cuyos alcances jurídicos no comparto”.

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