Campesinos de San Andrés rechazaron la resolución DGL 978 del EOT y pidieron a la CAS suspender las determinantes ambientales que afectan al páramo de Almorzadero.
La comunidad manifestó su rechazo ante la resolución DGL 978 del 23 de diciembre de 2023, en la cual la autoridad ambiental concertó los asuntos ambientales en el instrumento de ordenamiento territorial del municipio de San Andrés, alegando no haber sido tenida en cuenta en el proceso de formulación del esquema.
Campesinos de San Andrés que realizan sus actividades productivas en zonas colindantes o dentro del páramo de Almorzadero llegaron a protestar frente a la sede principal de la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS), en San Gil, por la concertación ambiental emitida para el nuevo Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio.
Con pancartas y arengas, la comunidad exigió respuestas frente a la resolución DGL 978, por considerar que limita el desarrollo de su actividad agropecuaria y, principalmente, porque —según sus denuncias— no fueron tenidos en cuenta dentro de ese proceso.
Carlos Niños, uno de los campesinos parameros que participó en la protesta, aseguró que el actual EOT les genera serias afectaciones y que “es muy importante que nos tengan en cuenta en este proceso”.
Tras un diálogo en las puertas de la entidad, los manifestantes ingresaron y se reunieron con representantes de la CAS en busca de soluciones. “Quiero dar tranquilidad a la comunidad: estamos dispuestos a escucharlos y llegar a acuerdos para la protección de los páramos y del medio ambiente”, afirmó Gloria Durán Villar, directora de la autoridad ambiental.
La ruta de trabajo
Como parte de la concertación realizada entre las directivas de la CAS y los campesinos, se acordó que el próximo 26 de septiembre se realizará una reunión con representantes de la comunidad campesina, el alcalde ad hoc, el Concejo Municipal, autoridades ambientales y demás actores institucionales involucrados.
Tras el encuentro, Durán propuso solicitar al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y al tribunal competente la suspensión temporal de los determinantes ambientales establecidos en el EOT del municipio, como medida para facilitar el diálogo y la revisión técnica del proceso.
El propósito será generar un espacio de concertación que permita garantizar la protección ambiental sin afectar los derechos y medios de vida de las comunidades.
Desde la CAS también recordaron que, conforme a lo establecido por la Ley 99 de 1993, las autoridades ambientales deben articularse con los entes territoriales en los procesos de planificación y ordenamiento, de manera que el componente ambiental sea integrado de forma efectiva en la toma de decisiones.