Santander tendrá elecciones atípicas, por cuenta de una decisión del Tribunal Administrativo de Santander, que fue confirmada el pasado jueves por el Consejo de Estado.

En decisión de segunda instancia, al alcalde de Concepción, Santander, Eduard Abril Borrero, le fue anulada su elección como mandatario por incurrir en doble militancia.

Inicialmente, el Tribunal Administrativo de Santander, en sentencia del pasado 29 de enero, accedió a las pretensiones de la demanda que pedía la anulación de su elección. Esta semana, el Consejo de Estado, en decisión de segunda instancia, ratificó el fallo inicial.

Eduard Abril Borrero se inscribió por el partido Alianza Verde para las elecciones del 29 de octubre de 2023.

Con ponencia de la magistrada Gloria María Gómez Montoya, el Consejo de Estado concluye en su fallo que “la prueba aportada con la demanda, específicamente las capturas de pantalla de la red social Facebook y las entrevistas dadas en la emisora (Málaga) Latina Estéreo, el (alcalde de Concepción) demandado manifestó su apoyo a candidatos de las colectividades Cambio Radical y Mais, entrevistas a las que se puede acceder y las cuales dan cuenta de que el demandado incurrió en la prohibición”.

Los argumentos de la decisión del Consejo de Estado

La sentencia agrega que “no existe duda de que las manifestaciones se realizaron en época de campaña, esto es, en los meses de agosto, septiembre y octubre de 2023, por lo que se encuentra probado el elemento temporal de la conducta. En ese orden de ideas, acreditado el desconocimiento respecto de la prohibición de doble militancia en la modalidad de apoyo por parte del señor Eduard Abril Borrero y al constituir aquella una causal de nulidad electoral, a voces de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, hay mérito suficiente para confirmar la sentencia dictada en primera instancia”.

El alcalde de Concepción, por ahora, no se ha pronunciado respecto al fallo de segunda instancia del Consejo de Estado.

El Concejo de Estado aclaró en sus sentencia que el pasado 10 de junio “el demandado presentó memorial en el que reiteró los argumentos presentados durante el trámite procesal e indicó que su elección como alcalde fue legitima. Sin embargo, la Sala no realizará ningún pronunciamiento sobre el memorial toda vez que insistió en argumentos de la apelación, los cuales fueron presentados en la oportunidad procesal pertinente”

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