El expresidente Álvaro Uribe Vélez fue condenado a 12 años de prisión por los delitos de fraude procesal en actuación penal y manipulación de testigos.

Ocho días después de que la jueza Sandra Herida condenara al expresidente Álvaro Uribe Vélez a 12 años efectivos de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal en actuación penal y manipulación de testigos, ya está lista la boleta de encarcelamiento.

El documento tiene la fecha de este viernes, 8 de agosto, en la cual se le notificó que es el Inpec de Sonsón, Antioquia, quien vigilará la permanencia del líder del Centro Democrático en su lugar de prisión, que será su vivienda en el municipio de Ríonegro.

El exmandatario de los colombianos, quien se ha declarado inocente de los hechos endilgados por la Fiscalía General de la Nación y por los cuales fue condenado a 12 años, fue reseñado con el número 381770, según la boleta de encarcelamiento. La decisión se tomó el 1 de agosto de 2025.

De igual forma, el expresidente Álvaro uribe Vélez suscribió una serie de condiciones como comparecer personalmente ante la autoridad judicial que vigile el cumplimiento de la pena cuando fuere requerido. Además, se permitirá el ingreso a la residencia de los servidores públicos encargados de realizar la vigilancia.

“El sentenciado será responsable de su propio traslado a las respectivas diligencias judiciales, pero en todos los casos requerirá de autorización del Inpec para llevar a cabo el desplazamiento”, dice el documento firmado por el expresidente Álvaro uribe Vélez como sentenciado, y por Juan David herrera Londoño, secretario de la Rama Judicial.

Álvaro UribeÁlvaro Uribe

El pasado 6 de agosto, el líder del Centro Democrático confirmó que ya es un “preso” oficial en colombia y que está cumpliendo su condena privativa de la libertad, en su residencia, en Ríonegro, Antioquia.

La jueza Sandra Heredia, si bien es cierto cobijó al exsenador del Centro Democrático con medida de aseguramiento intramural, resolvió y ordenó la detención inmediata para que se iniciara a cumplir la condena en su contra, de 12 años de prisión.

Ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá la defensa del expresidente, liderada por el abogado Jaime Granados, interpuso una acción de tutela que estudiarán tres magistrados, pidiendo la libertad del exsenador hasta que se conozca un fallo de segunda instancia, toda vez que la decisión de la jueza Sandra Heredia fue apelada.

Los argumentos de la jueza para emitir orden de captura

En una providencia de 1.114 páginas, la jueza Sandra Heredia resolvió condenar a 12 años de prisión al expresidente Álvaro Uribe Vélez, a quien encontró responsable de incurrir en los delitos de fraude procesal y soborno a testigos en actuación penal.

La decisión de la jueza no ha dejado de ser polémica toda vez que muchos consideran que el proceso judicial se dio en contra del líder del Centro Democrático sin garantías, como él y sus abogados Jaime Granados y Jaime Lombana lo han sostenido en repetidas ocasiones.

Expresidente Álvaro Uribe. // Colprensa - Cristian Bayona.Expresidente Álvaro Uribe. // Colprensa – Cristian Bayona.

En la condena de 12 años de prisión domiciliaria, una multa de $2.420 millones también se emitió orden de captura inmediata en contra del expresidente y exsenador, quien se convirtió en el primer exmandatario en ser condenado en Colombia.

Esto pese a que los abogados penalistas han argumentado que los delitos en los que incurrió Álvaro Uribe Vélez no serían merecedores de una detención, toda vez que no representaría un peligro para la sociedad.

Sin embargo, en la providencia de 1.114 páginas la jueza explicó que la orden de captura se da por dos razones de peso. La primera, porque debe primar la “preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos”. Y la segunda, porque debido a su reconocimiento internacional “resulta fácil que podrá abandonar el país para eludir la sanción impuesta”.

Álvaro Uribe enfrenta a la juez Sandra Heredia durante lectura de sentencia.Álvaro Uribe enfrenta a la juez Sandra Heredia durante lectura de sentencia.

La Jurisprudencia pacífica establece cuándo una decisión de primera instancia debe ordenar captura inmediata y cuando no. En el caso de Álvaro Uribe Vélez cumplía todos los requisitos para diferir su captura hasta la decisión final”, afirmó el abogado Iván Cancino.

Para varios penalistas, la detención inmediata en contra de Uribe Vélez no es necesaria en estos momentos. Argumentan que esta debería quedar ejecutoriada en segunda instancia si se ratifica en el Tribunal Superior de Bogotá la decisión de la jueza Sandra Liliana Heredia.

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