En un fallo de primera instancia, la justicia ordenó a las autoridades de los tres municipios dejar sin efectos las disposiciones por medio de las cuales se adoptó el pico y placa metropolitano.
El Tribunal Administrativo de Santander profirió un fallo de primera instancia a través del cual se ordena la suspensión del pico y placa de manera indefinida en Floridablanca, Girón y Piedecuesta.
Es importante dejar en claro que a pesar de la decisión adoptada este viernes por la justicia, aún continúa vigente este pico y placa metropolitano ya que las alcaldías y organismos de tránsito tienen un recurso legal para impugnar esta determinación de la justicia.
De mantenerse este fallo judicial en contra de dicha restricción vehicular, de forma adicional también habrá que aguardar hasta que los organismos de tránsito expidan nuevos actos administrativos para derogar las disposiciones que rigen en la actualidad.
Magistrada tuteló el derecho a la libre locomoción
Tal y como lo informó Vanguardia a principios de la presente semana, ante el Tribunal Administrativo de Santander fue instaurada una acción de tutela por medio de la cual se busca tumbar el pico y placa metropolitano, que se impuso en Floridablanca, Girón y Piedecuesta.
Leonardo Silva Parada, empresario y activista piedecuestano, interpuso este recurso legal señalando la “vulneración de los derechos fundamentales a la propiedad privada, intimidad, libertad y libre circulación”.
En respuesta a lo alegado por este ciudadano, la magistrada María Eugenia Carreño Gómez falló este viernes en primera instancia y emitió una serie de requerimientos a las autoridades de cada municipio.
Se advierten afectaciones en actividades económicas y en la movilidad
“Explicamos a la justicia como está medida está afectando a los agricultores, quienes sufren complicaciones para transportar sus productos; a las madres y padres que tienen problemas para llevar a sus hijos a estudiar; a los comerciantes que padecen a la hora de recibir y despachar mercancías”, manifestó el accionante de esta tutela.
Silva Parada también alega que no existen suficientes estudios técnicos, y que tampoco se han dado a conocer los mismos, acerca de la necesidad y viabilidad para la implementación del pico y placa metropolitano.
El Tribunal resolvió en primera instancia “tutelar el derecho fundamental a la libertad de locomoción del señor Yesid Leonardo Silva, el cual fue vulnerado por el Juzgado Quince Administrativo de Bucaramanga, con ocasión de la medida de restricción impuesta mediante el numeral 3.2.1. del auto del 2 de diciembre de 2024 consistente en la extensión del pico y placa metropolitano a los municipios de Floridablanca, Girón y Piedecuesta”.
Durante 2024 el pico y placa metropolitano se exigió únicamente en las autopistas de estos tres municipios. Tras la orden del Juez 15, las autoridades locales procedieron a implementar dicha restricción en la totalidad de vías urbanas.
En el fallo proferido este viernes, la Magistrada dispuso “dejar sin efectos el numeral 3.2.1 del auto de fecha 2 de diciembre de 2024 proferido por el Juzgado Quince”. De forma adicional, desde el Tribunal se solicitó a cada municipio dejar sin efectos lo ordenado por el Juez 15, en el plazo de un mes.
Igualmente la justicia solicitó la realización de estudios sobre la incidencia y pertinencia de este pico y placa metropolitano, así como del fenómeno del ‘mototaxismo’ y sus impactos en cada uno de los municipios.