El fallo es en primera instancia y podrá ser apelado ante el Consejo de Estado. Entre tanto, el Alcalde podrá seguir en funciones.
Luego de terminar la vacancia judicial, el Tribunal Administrativo de Santander, con ponencia de la magistrada María Eugenia Carreño Gómez, resolvió declarar nula la elección de Óscar Santos como Alcalde de Piedecuesta, Santander, por haber incurrido en doble militancia en las elecciones regionales de 2023.
La demanda en contra del mandatario fue interpuesta por el abogado Marlon Pérez, quien argumentó que el entonces candidato Óscar Santo apoyó a aspirantes al Concejo que no eran parte de su mismo partido político, razón por la cual incurría en doble militancia.
Específicamente, los demandantes aseguran que Santos respaldó e impulsó las candidaturas al concejo municipal de Yesid Duarte, por el movimiento Aico; René Arias, del movimiento ciudadano Piedecuesta Libre Unidad Solidad, Plus; Emerson Rojas y Daniel Mutis, del Grupo Significativo Piedecuesta Autónoma De Renovación, y Esperanza, Pare ; Sandra Duarte, del Centro Democrático y, John Vivas, del Nuevo Liberalismo.
En la acción que pedía declarar nula la elección de Óscar Santos como alcalde de Piedecuesta se adjuntaron como pruebas ante el Tribunal Administrativo de Santander una serie de enlaces que comprobarían la doble militancia.
El señor Oscar Javier Santos Galvis, militante del Partido Liberal Colombiano, aspiró a la Alcaldía municipal de Piedecuesta con el aval de esa colectividad; sin embargo, apoyó a candidatos al Concejo de Piedecuesta y a la Asamblea de Santander inscritos por diferentes partidos políticos que no habían adherido expresamente a su campaña”, dice el fallo del tribunal.
¿Qué viene ahora?
El fallo emitido por el Tribunal Administrativo de Santander es en primera instancia y podrá ser apelado por el alcalde de Piedecuesta, Óscar Santos, ante el Consejo de Estado que tendrá la última palabra sobre su permanencia en la administración municipal.
Si bien es cierto el fallo es en contra del mandatario local, él podrá continuar en ejercicio del cargo hasta que haya un fallo de segunda instancia que deje en firme la decisión del tribunal o revoque la misma.