Si tu hijo ha sufrido algún tipo de violencia en su colegio, esta noticia es para tu familia. En una sentencia de lenguaje claro y cercano a la ciudadanía, la Corte le explicó a una adolescente la forma como resolvió su caso y las órdenes que dirigió a diferentes entidades para superar y mitigar la situación de acoso escolar que padeció.
“El colegio en el que estudiabas diseñó un Plan Individual de Ajustes Razonables, PIAR, que no tuvo en cuenta tus condiciones especiales y tus necesidades educativas especiales”.
Así, en una síntesis, con lenguaje claro y sencillo, la Corte Constitucional le envió una carta a una adolescente, y le explicó la decisión con la cual protegió sus derechos. La menor experimentó acoso escolar y terminó diagnosticada con depresión y ansiedad.
Le dijo que, en cumplimiento de la sentencia, las autoridades escolares, con apoyo externo, van a revisar el manual de convivencia de su colegio.
El objetivo es que las autoridades de su colegio incluyan alternativas de tratamiento al acoso escolar, matoneo o bullying, y mecanismos para que se den cuenta a tiempo si funcionan o no.
La Corte le informó también, a la adolescente que, como se comprobó que no funcionó el esquema de respuesta al acoso escolar que ella denunció, le ordenó al Ministerio de Educación que revise y complemente esa estrategia.
Objetivo de la Corte
El propósito de lo ordenado por la Corte es que los niños, las niñas y los adolescentes que padecen intimidación en sus salones de clase y se sienten amenazados a diario, tengan una respuesta adecuada y oportuna de las autoridades.
La sentencia T-249 de 2024, firmada por la Magistrada ponente, Paola Andrea Meneses Mosquera, señala además, en su fallo, que los menores deben contar con una guía, para que no se sientan solos y sepan cómo manejar la situación junto a sus padres.
La Sala Séptima de Revisión de la Corte estudió una tutela instaurada por Paola y declaró la carencia actual del objeto, por daño consumado, y amparó los derechos a la educación, la igualdad y al derecho de petición.
Además, emitió un pronunciamiento de fondo, debido a que encontró graves falencias operativas en el diseño de información conocido como Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, Suice.
También estableció fallas en la articulación institucional, en el marco del Sistema Nacional de Convivencia Escolar.
La Corte concluyó que el reporte en el sistema de información fue tardío e incompleto, en vista de que abarcó solo una de las múltiples situaciones de acoso escolar contra la menor y no consideró los antecedentes del caso.
Además, dijo, fue erróneo, por la tipología de la situación.
Para la Corte, el origen de las dos primeras falencias estuvo en el Ministerio de Educación a través de su mesa de ayuda.
También falló la institución escolar, que solo aseguró el acceso efectivo a la plataforma hasta noviembre de 2023, diez años después de la emisión de las normas que dispusieron su creación.
No hay claridad
Sobre el registro de la información, la Sala Séptima de Revisión de la Corte consideró que, pese a la descripción normativa de las particularidades de cada categoría, no existe claridad sobre cuándo hay una situación de acoso escolar.
La falta de claridad, afirmó, favoreció el surgimiento de barreras para que la ruta de atención para Paola pudiera concretarse de manera efectiva.
23 %
De los estudiantes en Colombia reportaron ser víctimas de acoso escolar o bullying. El matoneo también puede ser ejercido por parte de los docentes.
¿Qué ordenó la Corte?
La Corte le ordenó al colegio, a la Secretaría de Educación Municipal y al Ministerio de Educación, que hagan un acto de excusas públicas para la adolescente violentada.
Al Ministerio de Educación le ordenó que complemente la política pública de prevención, contención y atención de la violencia escolar.
El propósito, dijo, es visibilizar el fenómeno del acoso escolar y la respuesta institucional que suscita, como debe responder efectivamente a los desafíos que impone, en especial, para los estudiantes.
El colegio, con intervención de la Secretaría de Educación y el Ministerio de Educación, deberá revisar el manual de convivencia.
En concreto, deberán asegurar la previsión de estrategias y de un mecanismo de seguimiento interno sobre su efectividad en el aula.
Sabía que…
En 2023, más de 6.180 adolescentes y niños recibieron acoso tipo 2, que trata de agresiones en repetidas ocasiones, según estudios de PISA y el Sistema Unificado de Convivencia Escolar, Suice.
El fallo en frases:
“Los escenarios de agresión en la escuela siempre nos retan (…) el matoneo escolar es un fenómeno al que la sociedad empieza a reconocerle el impacto negativo que tú ya conoces. Normativamente, apenas hace diez años empezamos a reaccionar y a prever medidas para contener el acoso escolar. En Colombia este tipo de hostigamiento tiene una ruta de acción”: Corte Constitucional.
“La situación que atravesaste nos dejó claro que esta ruta no mejoró tu situación. No les dio una respuesta efectiva a tus denuncias. Por el contrario, las autoridades refirieron que, al responder a sus obligaciones formales en ese sistema, hicieron lo que les correspondía. Pero no es cierto, no se aseguraron de que te sintieras escuchada, validada en tus emociones y protegida”.
“Nosotros agradecemos tu valentía y tu persistencia. Admiramos la forma en que día a día enfrentaste los obstáculos que encontraste en tu colegio y que nunca debieron estar. Tu lucha hoy nos deja claro que el acoso escolar no es un asunto menor y que afecta vidas como la tuya y la de tu mamá, momento a momento, hasta volverse una carga mental importante que lleva a muchos estudiantes a renunciar a su proceso educativo. Mil gracias por todo lo que nos mostraste y por persistir en tus sueños de ser profesional”.
Dato:
Colombia está en el puesto 11 de la lista roja de países donde se sufre más acoso escolar, dato que se obtiene al comparar los integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE.
Glosario jurídico:
Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, Siuce: el propósito de este sistema de información es la identificación, registro y seguimiento de los casos de acoso, violencia escolar y de vulneración de derechos sexuales y reproductivos en los escenarios educativos. Tiene también un uso estadístico, a partir del cual es posible adoptar y reorientar estrategias de intervención de política pública.
Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y sus protocolos de atención: es un conjunto de procesos y protocolos de acción, enfocados en la promoción, prevención, atención y seguimiento de situaciones, entre otras, las relacionadas con la convivencia en el entorno educativo.
A través de estos instrumentos, las autoridades que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar deben responder de manera inmediata a eventos que amenacen la convivencia, mediante una oferta ágil, integral y complementaria.
Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR): es un plan de estudios individualizado, previsto para “garantizar procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes, basados en la valoración pedagógica y social, que incluye los apoyos y ajustes razonables requeridos, entre ellos, los curriculares, de infraestructura y todos los demás necesarios para garantizar el aprendizaje, la participación, permanencia y promoción”, de quienes están en situación de discapacidad o de alguna limitación física o mental, que amerite un trato diferenciado en pro de la concreción del proceso de aprendizaje. Su propósito fundamental es evitar la deserción escolar.