Esta orden fue emitida a los cuatro alcaldes del área metropolitana de Bucaramanga, a través del más reciente auto expedido por el Juzgado 15 Administrativo. Este despacho abrió un incidente de desacato contra los mandatarios por la falta de controles al transporte informal. Este es el horario propuesto.
Restringir el parrillero hombre mayor de edad en ciertos horarios y zonas es una de las medidas que la justicia les solicitó adoptar de manera conjunta a los cuatro alcaldes del área metropolitana de Bucaramanga, con el objetivo de contrarrestar la ‘piratería’, especialmente el ‘mototaxismo’.
El Juez 15 Administrativo de Bucaramanga requirió a los cuatro mandatarios de la capital santandereana, Floridablanca, Girón y Piedecuesta para que se adopte de forma articulada la restricción del acompañante en motocicleta, a partir de mediados de 2025.
Conforme con lo dispuesto por la justicia, a través del más reciente auto que emitió el Juzgado 15, los alcaldes deberán implementar medidas para la restricción del parrillero hombre mayor de edad. Estas disposiciones adicionales contra la ‘piratería deberán ser implementadas a más tardar desde de julio próximo, “so pena de la imposición de la sanción establecida en el artículo 41 de la Ley 472 de 1998″, señala la orden impartida a las autoridades locales.
“Inicialmente en un horario de 10 horas” se restringiría el parrillero en moto en Bucaramanga y el área metropolitana
En el auto emitido el pasado 2 de diciembre y que se conoció en las últimas horas, la justicia les solicitó a las alcaldías, secretarías y direcciones de tránsito de los cuatro municipios del área metropolitana de Bucaramanga realizar estudios para definir los horarios y las zonas en las que se debe restringir el parrillero hombre mayor de edad.
El juez señaló a las autoridades que esta medida “en todo caso, deberá ser implementada inicialmente en un horario de 10 horas como mínimo, entre las 6:00 y las 20:00 horas (entre las 6:00 de la mañana y las 10:00 de la noche)”.
Cada entidad, según lo ordenado en este auto, tendrá plazo para elaborar y presentar este estudio hasta el 30 de mayo de 2025.
“Así como adoptar los actos administrativos a que haya lugar, junto con su respectiva socialización, que definirá las zonas donde debe aplicarse la medida restrictiva, a partir del 3 de julio de 2025, advirtiendo que el propósito de la medida es combatir y reducir la práctica informal del ‘mototaxismo’”, ordenó el juez.
Además, conforme con lo dispuesto en este requerimiento, mediante el cual también se abrió incidente de desacato contra los alcaldes, directores de tránsito y el comandante de la Policía Metropolitana, se propone que si los mandatarios locales no adelantan las medidas pertinentes antes de las fechas estipuladas, esta restricción se inicie desde las 8:00 a.m. hasta las 6:00 de la tarde a partir del 3 de julio de 2025.
“En caso que el municipio no realice el respectivo estudio, o del mismo se concluya la impertinencia de la medida, o en su defecto se limite a un par de calles, se procederá a ordenar la implementación de la medida restrictiva de restricción del parrillero hombre en toda su jurisdicción, desde las 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m., a partir del 3 de julio de 2025″, dejó en claro el Juez 15 Administrativo.