El expresidente Álvaro Uribe Vélez fue condenado a 12 años de prisión domiciliaria por fraude procesal y soborno a testigos en actuación penal.

En una providencia de 1.114 páginas, la jueza Sandra Heredia resolvió condenar a 12 años de prisión al expresidente Álvaro Uribe Vélez, a quien encontró responsable de incurrir en los delitos de fraude procesal y soborno a testigos en actuación penal.

La decisión de la jueza no ha dejado de ser polémica toda vez que muchos consideran que el proceso judicial se dio en contra del líder del Centro Democrático sin garantías, como él y sus abogados Jaime Granados y Jaime Lombana lo han sostenido en repetidas ocasiones.

En la condena de 12 años de prisión domiciliaria, una multa de $2.420 millones también se emitió orden de captura inmediata en contra del expresidente y exsenador, quien se convirtió en el primer exmandatario en ser condenado en Colombia.

Esto pese a que los abogados penalistas han argumentado que los delitos en los que incurrió Álvaro Uribe Vélez no serían merecedores de una detención, toda vez que no representaría un peligro para la sociedad.

Sin embargo, en la providencia de 1.114 páginas la jueza explicó que la orden de captura se da por dos razones de peso. La primera, porque debe primar la “preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos”. Y la segunda, porque debido a su reconocimiento internacional “resulta fácil que podrá abandonar el país para eludir la sanción impuesta”.

La Jurisprudencia pacífica establece cuándo una decisión de primera instancia debe ordenar captura inmediata y cuando no. En el caso de Álvaro Uribe Vélez cumplía todos los requisitos para diferir su captura hasta la decisión final”, afirmó el abogado Iván Cancino.

Para varios penalistas, la detención inmediata en contra de Uribe Vélez no es necesaria en estos momentos. Argumentan que esta debería quedar ejecutoriada en segunda instancia si se ratifica en el Tribunal Superior de Bogotá la decisión de la jueza Sandra Liliana Heredia.

Las pruebas clave que llevaron a la condena de Álvaro Uribe

Durante las casi 10 horas de audiencia en la que se conoció que el expresidente Álvaro Uribe Vélez es condenado por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, la jueza Sandra Heredia fue clara en señalar quelas pruebas aportadas por la Fiscalía General de la Nación, en contra del también exsenador, son válidas y no carecen de legalidad.

La defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, liderada por los reconocidos abogados Jaime Granados y Jaime Lombana, pidió en repetidas ocasiones que las grabaciones con un reloj espía que aportó el testigo estrella del caso, Juan Guillermo Monsalve, alias ‘Guacharaco’, y las interceptaciones ordenadas en su momento por la Corte Suprema de Justicia no se tuvieran en cuenta.

La primera prueba, tal vez una de las más valiosas en medio del proceso judicial, es la grabación que aportó Juan Guillermo Monsalve, en la cual se le escucha conversar con el abogado Diego Cadena, exapoderado de Uribe Vélez, en su prisión en la Cárcel La Picota, de Bogotá.

Álvaro Uribe enfrenta a la juez Sandra Heredia durante lectura de sentencia.Álvaro Uribe enfrenta a la juez Sandra Heredia durante lectura de sentencia.

Cadena es el polémico abogado que —según la hipótesis de la Fiscalía y como lo aceptó la jueza— fue el intermediario entre Uribe Vélez y testigos para que cambiaran sus versiones y testificaran a favor del líder del Centro Democrático, en 2018.

Jaime Granados, apoderado del líder del Centro Democrático, ha calificado estas grabaciones como “ilegales” y sostuvo en medio del juicio que ese reloj espía ingresó en dos oportunidades, de forma clandestina, a la prisión de ‘Guacharaco’.

El debate probatorio no recae exclusivamente en las grabaciones magnetofónicas allegadas a juicio; sin embargo, se verificó la legalidad de estas, dilucidando los aspectos relacionados con la obtención, para lo cual no se acudió a ellas por métodos ilícitos (…) estas videograbaciones tampoco fueron obtenidas violando el derecho a la intimidad ni se realizaron de mala fe”, dijo la jueza Sandra Heredia en medio de la audiencia del pasado lunes.

El abogado Héctor Romero, quien fue apoderado del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, testigo clave del caso, reveló en marzo que fue Deyanira Gómez quien le entregó el reloj espía con el que se grabó la conversación entre Monsalve y Diego Cadena, en la cual se habrían hecho ofrecimientos a favor del exmandatario. Según Romero, quien conoció a Monsalve a través de Gómez, fue precisamente ella quien le entregó el reloj y pidió llevárselo. “Yo me lo coloqué en el brazo. Inclusive me lo puse al lado del mío y me fui para La Picota”.

En el comedor de esa cárcel, según el abogado, fue la reunión con Monsalve a la que llegó de forma intempestiva Diego Cadena, entonces abogado de Uribe Vélez.

“Nos saludamos con Juan Guillermo y yo le entregué el reloj. Después llegó una persona que se llamaba Diego Cadena”. En esa reunión es que el entonces abogado de Uribe le habría ofrecido ingresarlo a la JEP, a pesar de que Romero le dijo que no se podía.

Para la jueza Sandra Heredia, las grabaciones con este reloj espía, en las que se escucha a Cadena conversar con Monsalve y ofrecerle beneficios jurídicos, son legales. “Pese a que las grabaciones no son del todo nítidas, no carecen de validez (…) son confiables, no fueron adulteradas”.

‘Proceda, doctor Cadena’: las interceptaciones fueron legales

En 2018, cuando la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia inició la investigación en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez por este mismo caso, el alto tribunal ordenó una serie de interceptaciones contra otro exsenador.

Se trataba del congresista Nilton Córdoba, pero un “error” en las pesquisas llevó a que las escuchas se le hicieran al teléfono del líder del Centro Democrático.

Esas interceptaciones se hicieron desde el 12 de marzo hasta el 17 de ese mismo mes, pese a que los investigadores pudieron determinar que las escuchas eran las de Álvaro Uribe Vélez y su abogado Diego Cadena.

Pese a que la defensa del expresidente ha sostenido que esas interceptaciones fueron ilegales por el error inducido, la jueza Sandra Heredia confirmó que no carecían de validez y que iban a tener parte en el proceso judicial.

La jueza Sandra Heredia, durante el fallo en el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe. // Foto: Colprensa - Cristian Bayona.La jueza Sandra Heredia, durante el fallo en el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe. // Foto: Colprensa – Cristian Bayona.

“La orden emitida el 7 de marzo cumple con las exigencias legales, máxime que dicha decisión fue debidamente fundamentada por escrito y ejecutada dentro de las 24 horas siguientes a su recepción”, sostuvo Heredia.

En esas escuchas se logró registrar el momento en el que el abogado Diego Cadena conversa con el expresidente Álvaro Uribe Vélez y le pide permiso para ofrecer una revisión jurídica a la condena de 44 años de prisión que tenía Juan Guillermo Monsalve, alias ‘Guacharaco’.

“Proceda, doctor Cadena. Usted hace bien las cosas”, se le escucha decir al líder del Centro Democrático en esas interceptaciones legales, según la jueza del caso.

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