El levantamiento de restricciones de carga en vehículos con peso igual o superior a 3,4 toneladas aplica a aquellos que transporten algunos productos como oxígeno medicinal en estado gaseoso y líquido, o los que trasladen combustibles como gasolina, Acpm, biodiésel.

El Ministerio de Transporte anunció que entra en vigencia el levantamiento de restricciones de carga en vehículos con peso igual o superior a 3,4 toneladas, en seis tramos de distintas carreteras nacionales de Colombia

Dicha medida aplica a aquellos que transporten algunos productos como oxígeno medicinal en estado gaseoso y líquido, identificado con los números 1072 y 1073 de la Organización de Naciones Unidas (ONU), siempre que sean transportados en cilindros o en tanques criogénicos con la debida identificación exterior.

Asimismo, los que trasladen combustibles como gasolina, Acpm, biodiésel, alcohol carburante, gas licuado de petróleo, JET A1, Avgas y gas natural comprimido.

En ese sentido, en aras de aportar a la competitividad y al desarrollo del país, según Mintransporte, se exceptuó esta restricción durante el puente festivo del “Día de la Raza”.

Mintransporte levanta restricciones de carga en seis corredores viales en Colombia, entre ellos el de Bucaramanga - San Alberto

Estos son los corredores:

• Barranquilla – Ye De Ciénaga.

• Bogotá – Villavicencio – Acacías.

• Bucaramanga – San Alberto.

• Cúcuta – Ye De Astilleros – Sardinata – Ocaña.

• Medellín – Santa Fe De Antioquia.

• Neiva – Espinal – Girardot.

Entretanto, debido al alto volumen de tránsito que se espera durante los puentes festivos, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional implementará las siguientes medidas de manejo del tránsito vehicular (reversible o contraflujo) en los tramos viales de Bogotá – Villavicencio.

¿Qué sucedía antes?

Antes de que entrara en vigencia el “Alcance boletín estratégico de seguridad y movilidad expedido el 05 de octubre de 2023”, los vehículos de carga debían tener por lo menos hasta el 80 % de utilización para movilizarse en las vías nacionales.

Ahora, gracias a la decisión del Ministerio de Transporte, podrán desplazarse por los corredores nacionales, vacíos o llenos, siempre y cuando estén destinados al transporte exclusivo de los productos descritos anteriormente.

Esto permite que una vez lleguen a su destino, puedan devolverse sin restricción alguna de porcentaje de uso.

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