Discriminación, agresiones físicas o verbales, expresiones injuriosas, amenazas de despido injustificadas y comentarios ofensivos relacionados con el género, entre otros, son formas de acoso laboral. Procuraduría exhorta al cumplimiento de directrices para su prevención.

En abril de 2024 la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de dos años y medio contra Marlon Farick Rincón Aljuri.

El abogado y exdirectivo de una empresa de servicios públicos de Santander acosaba sexualmente a su secretaria, aprovechando su cargo.

La Corte confirmó que Rincón Aljuri acosó sexualmente a por lo menos dos mujeres, también funcionarias de la entidad, quienes trabajaban como sus subordinadas en la estructura organizacional.

Según el alto tribunal, en múltiples ocasiones el exdirectivo, aprovechó su poder en la entidad, para tocarle las nalgas a su secretaria privada, sin su consentimiento, además de usar términos desobligantes en su contra.

Además le hacía sugerencias sensuales, como pedirle goma de mascar que ella comía, decirle que su perfume lo “excitaba” o que sostuvieran “algo”, todo esto, bajo la advertencia de que podía despedirla si no accedía a sus exigencias.

La Procuraduría General lanza alerta por cifras de acosos

Bajo contextos como el anterior, la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, hizo un llamado de atención sobre las altas cifras de acoso sexual y laboral que afectan a las mujeres en Colombia.

La funcionaria alertó que muchos de los casos de acoso laboral se presentan como represalias a la negativa de pretensiones sexuales por parte de las víctimas.

Precisó que, en cuanto al acoso laboral, que afecta principalmente a las mujeres, entre 2021 y el 30 de septiembre de 2024 se han proferido 113 pliegos por acoso laboral.

Además se produjeron 69 fallos, de los cuales 32 han sido sancionatorios.

Procesos por acoso sexual:

El Ministerio Público ha iniciado 282 procesos disciplinarios.

Pliegos de cargos: 52 pliegos de cargos.

Actores involucrados: Docentes y rectores de instituciones educativas.

Fallos disciplinarios: se han dictado 47 fallos.

Las cifras evidencian la necesidad de fortalecer las acciones en contra de estos delitos que afectan, en su mayoría, a las mujeres.

Cifras del acoso sexual durante 2024

Según el Observatorio Nacional de Salud (ONS).

3.956 casos de acoso sexual.

9.798 de actos sexuales abusivos

10.089 de acceso carnal

4.909 de otras formas de violencia sexual.

131.501 casos de violencias basadas en género en 2024.

75 % de los anteriores casos, ocurrieron contra mujeres.

Fuente: Observatorio Nacional de Salud, ONS.

La frase:

“Aunque tenemos la normativa, todavía existe desconocimiento por parte de algunos funcionarios sobre la aplicación de estas medidas que garantizan el derecho al trabajo en condiciones dignas y un ambiente laboral libre de violencias y hostigamientos”: Margarita Cabello Blanco, Procuradora General.

113

Pliegos de cargos ha emitido en el país la Procuraduría General de la Nación, desde 2021, por acoso laboral.

Lo qué se puede hacer contra el acoso laboral

Margarita Cabello Blanco, procuradora General de la Nación.Margarita Cabello Blanco, procuradora General de la Nación.

¿Cuál es la propuesta de la Procuraduría General de la Nación contra el acoso laboral? Para enfrentar esta problemática, la Procuraduría ha implementado la Coordinación Misional y de Apoyo para el Enfoque Diferencial y de Género.

¿Qué objetivo tiene este organismo? Se encarga de hacerle seguimiento y vigilancia al cumplimiento de las normativas vigentes en esta materia.

¿Qué normatividad existe sobre el tema? La Procuradora General exhortó al cumplimiento de la circular 003 de 2024, que establece directrices para la prevención, atención y sanción del acoso laboral en entidades públicas.

Contiene las normas legales y reglamentarias, para la prevención, atención y sanción del acoso laboral en entidades públicas.

¿Y qué se puede hacer para prevenir? La circular también exhorta a las entidades públicas a cumplir a cabalidad con lo dispuesto por la Ley 1010 de 2006, para la prevención, corrección y sanción de las conductas de acoso laboral.

Refiere también a la Ley 1257 de 2008, creada para la protección integral de las mujeres y una vida libre de violencias.

El documento precisa el funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral, espacio donde las empresas y entidades deben atender de manera confidencial las conductas y casos que se presenten, ya sea formulando un plan de mejora o en caso de que persista, remitir la queja al ente de control, tratándose del sector público.

2.000

Investigaciones por acoso laboral están activas en la actualidad en la Procuraduría General.

No dilatar procesos por acoso laboral

1. Denuncias por posibles dilataciones injustificadas.

La circular insta al Ministerio del Trabajo y al Departamento Administrativo de la Función Pública a revisar los términos de la ley, expresados en días.

2. Lo que se debe hacer.

Se deben surtir todas las etapas del procedimiento interno conciliatorio. Para casos de acoso sexual, conducta no conciliable, deberá informar al Ministerio Público para abrir el proceso disciplinario y compulsar las copias ante la Fiscalía General de la Nación.

3. ¿Y los derechos de las víctimas?

Se incluyen mandatos para proteger los derechos de las víctimas de acoso. Seguirá la vigilancia y control para garantizar que el Estado cumpla los preceptos constitucionales, legales y reglamentarios que garantizan el derecho al trabajo en condiciones dignas y el goce de un ambiente laboral libre de violencias y hostigamientos.

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