En fallo de segunda instancia, el Tribunal Superior de Bucaramanga absolvió exsecretario de Infraestructura, Clemente León Olaya investigado por presunta celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos.

Luego de siete años de proceso judicial, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, con ponencia del magistrado, Danny Samuel Granados, confirmó el fallo de absolución de Clemente León Olaya, l exsecretario de infraestructura en la administración de Luis Francisco Bohórquez quien era investigado por la presunta celebración irregular en dos contratos por un costo cercano a los $4.360 millones.

En tan solo dos meses, el alto tribunal confirmó y dejó en firme el fallo emitido el pasado 27 de febrero por el l Juzgado 7 Penal del Circuito de Bucaramanga que decidió absolver al exfuncionario del gobierno Bohórquez al no lograr “demostrar la existencia de la conducta punible, pues, a pesar de que el contrato No. 161 de 2014 fue adjudicado para la realización de unas actividades que resultan similares al objeto del contrato No. 346 de 2015, lo cierto es que los trabajos se adelantaron en predios distintos, de manera que la demolición, desmonte y remoción de materiales no se ejecutaron sobre la misma obra civil”.

Aunque la sentencia fue apelada por la Fiscalía 35 de delitos contra la administración pública y el Ministerio Público, el Tribunal Superior, en fallo de segunda instancia confirmó a sentencia absolutoria, toda vez que la Fiscalía no logró demostrar sin lugar a dudas la ocurrencia del delito por parte de León.

“No obstante, tal como lo señaló la titular del Juzgado 7º Penal del Circuito de Bucaramanga, pese a que en la comunicación de cargos se relacionó lo concerniente al fraccionamiento contractual, este aspecto no fue objeto de debate en el curso de la actuación penal y tampoco se acreditó durante el juicio oral, por lo que no existe un soporte probatorio suficiente que permita estructurar un fallo condenatorio por haberse incurrido en esa figura”, concluyó el Tribunal.

Fallo del Tribunal Superior sobre caso de Clemente León Olaya.Fallo del Tribunal Superior sobre caso de Clemente León Olaya.
Según las indagaciones de la Fiscalía, la Secretaría de Infraestructura municipal, encabezada por Clemente León, celebró en 2014 el contrato 161 con la Unión Temporal Construedgo, representada legalmente por Édgar Leonardo Gómez, para la “remodelación y demolición de predios afectados con ejecución de proyectos de infraestructura del municipio”, por el cual la Alcaldía pagó $2.483 millones.
Seis meses después, la misma Secretaría realizó una adición de $1.237 millones a dicho contrato, es decir, un adicional del 49,9% del valor inicial, tan solo 0,1% por debajo de lo permitido por la ley.

Sin embargo, en 2015 la oficina dirigida por Clemente León volvió a suscribir un nuevo contrato con el mismo objeto contractual, solo que esta vez con el Consorcio Demoliciones, el cual también era representado por Édgar Leonardo Gómez, bajo la modalidad de selección abreviada. Este contrato tuvo un valor de $639 millones.

Esta serie de situaciones representaron para la Fiscalía un claro ejemplo de fraccionamiento de contratos.

Fachada del Centro Administrativo Municipal.Fachada del Centro Administrativo Municipal.

Sin embargo, el abogado Jhon Franco, apoderado defensor de León Olaya explicó que el ente acusador no pudo comprobar en ninguna de las dos instancias que su defendido hubiera incurrido en dichas prácticas ilegales.

“La Fiscalía no demostró la transgresión del principio de planeación técnica en exige que se invoquen y acrediten qué falla, falencia o deficiencia es censurable en la contratación investigada; y, en qué medida eso transcendió en la no consecución de los fines de la contratación pública previstos en la ley, sin que en el caso particular se haya demostrado si en el marco de la planeación de esas obras civiles se omitió una norma urbanística, ambiental, de sismoresistencia, económica o lo que el secretario de infraestructura dejó de atender en dicha fase previa”, señaló Franco.

La Fiscalía y el Ministerio Público aún tienen el recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia.

 

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