Una vez sea aprobado el proyecto de Ordenanza que autoriza su liquidación, “las facultades autorizadas serán por un término máximo de seis meses, a partir de su entrada en vigencia”, según se señala en el documento radicado ante el Concejo.
Al Concejo llegó el proyecto de acuerdo que, en su Artículo Primero pide que se autorice al Alcalde de Bucaramanga para que realice las gestiones tendientes a disolver y liquidar la sociedad Metrolínea S.A.
En su parágrafo se estipula además que, una vez sea aprobado, “las facultades autorizadas en el presente artículo serán por un término máximo de seis meses, a partir de su entrada en vigencia”.
El proyecto señala que deberán adoptarse las medidas necesarias y expedir los actos administrativos requeridos para tal efecto, por las razones expuestas en la parte considerativa.
En su Artículo 2, el Proyecto de Ordenanza 071 del 24 de octubre de 2024 señala que, “el municipio de Bucaramanga, en aras de garantizar la prestación del servicio de transporte público, SITM, en el régimen de transición, girará recursos para el déficit operacional originado en el periodo de enero a junio de 2024″.
Esto, en el marco de la meta denominada “Movilizar 80.000 pasajeros con la tarifa diferencial a la población vulnerable al acceso al sistema integrado de transporte público”, aprobada en el Artículo 1o del Acuerdo 007 de 2024.
Además, se aclara que lo anterior procede sin perjuicio de la reglamentación prevista para la transferencia de los recursos por parte del municipio al Fondo de Estabilización y Subvención, FES.
En su Artículo 3o se aclara que, el presente acuerdo rige a partir de su publicación. Y en su parágrafo se estipula que “lo dispuesto en el artículo 1o entrará en vigencia tres meses después de la publicación del presente acto”.
El proyecto de Acuerdo lleva la firma de Martha Cecilia Guarín Lizcano, como alcaldesa (e), debido a que el alcalde Jaime Andrés Beltrán Martínez participa en la COP16.
Antecedentes de la liquidación de Metrolínea
Lo anterior significa que Metrolínea, como empresa, será liquidada y no se creará un nuevo ente gestor para el manejo del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Bucaramanga y su área metropolitana.
El pasado 24 de octubre se dijo que, de presentarse, este sería el tercer proyecto para liquidar a Metrolínea que se anuncia durante el último año.
En contraste, se afirmó que el Sistema trata de subsistir mediante el uso de buses convencionales y con graves daños en la mayoría de sus estaciones.
Los tres proyectos para liquidar Metrolínea
Agosto de 2023. Alcalde Juan Carlos Cárdenas: ante la junta directiva de Metrolínea se presentó el documento mediante el cual se oficializaba la liquidación del ente gestor.
En noviembre de ese año se intentó tramitar un proyecto de acuerdo ante el Concejo, pero no prosperó.
Julio de 2024: ante el Concejo de Bucaramanga, la Secretaría de Hacienda Local aseguró que radicaría la tan esperada iniciativa, para proceder con la liquidación de Metrolínea.
El Alcalde, Jaime Beltrán, dijo que desde el Gobierno Nacional se solicitó frenar dicho proceso.
Octubre de 2024: la Alcaldía de Bucaramanga presentó el proyecto de Ordenanza 071 del 24 de octubre de 2024, “Por medio del cual se autoriza la disolución y liquidación de Metrolínea y se dictan otras disposiciones”.
¿Por qué se decidió liquidar Metrolínea?

La sociedad Metrolínea S.A. se creó a partir de la autorización dada por el Acuerdo Municipal 037 de 2002, constituida mediante Escritura Pública 1011 del 21 de marzo de 2003.
La Asamblea General de accionistas de Metrolínea, en reunión extraordinaria del 23 de agosto de 2023, adoptó por unanimidad de sus accionistas recomendarle al Alcalde que presentara el proyecto de Acuerdo ante el Concejo Municipal, “para la supresión (disolución) y posterior liquidación de la sociedad”.
Dicha decisión se tomó luego de considerar los balances expuestos en 2021, 2022 y 2023, y se concluyó que, si bien Metrolínea “desarrollaba el objeto social, económicamente no es viable”.
Es decir, que desde el punto de vista financiero, Metrolínea venía presentando resultados negativos “que impiden la recuperación a futuro y demuestran la imposibilidad del cumplimiento del negocio en marcha”.
Además, el patrimonio genera un resultado negativo desde la vigencia 2020. Y por “sus resultados entra en causal de disolución, al generar una pérdida que disminuye el patrimonio por debajo del 50 % del capital suscrito…”, entre otras consideraciones.